COMUNICADO Nº 02 Sobre la Resolución VRA 802 de 2014 Imprimir

 

Popayán, 10 de noviembre de 2014

La Asociación Sindical de Profesores Universitarios, ASPU Seccional Universidad del Cauca y la Asamblea General de Profesores celebrada el 22 de octubre del año en curso, rechaza la "Resolución VRA 802 de 2014 que define políticas, criterios y mecanismos para la asignación de labor académica al personal docente de la Universidad del Cauca", por que desconoce la democracia participativa, consagrada en la Constitución Política de Colombiana de 1991 y un principio en nuestra institución, pero que efectivamente no se ha concretado ya que la administración actual se ha caracterizado de ser autocrática y autoritaria desconociendo a los docentes en sus diferentes modalidades de contratación. En este sentido no se dieron espacios de construcción participativa, ni se tuvieron en cuenta las propuestas que presentaron las facultades, docentes o programas; por ello como comunidad académica y actores de la vida universitaria no aceptamos estas formas autoritarias de gobierno que van en detrimento de la misma institución, aparte de desconocer el papel fundamental de quienes ayudamos a construir universidad.

Estamos de acuerdo con lo expresado por los Consejos de las facultades de Ingeniería Electrónica y Telecomunicaciones, Ciencias Naturales, Exactas y de la Educación, Ciencias Contables, Económicas y Administrativas, Ciencias de la Salud y Ciencias Humanas y Sociales.

 

La Resolución 802 de la Vicerrectoría Académica de la Universidad del Cauca fue un documento "orquestado" por la administración en colaboración con algunos decanos solamente con un ánimo revanchista y en contravía con la calidad académica de nuestra institución certificada como de alta calidad (por cumplir su objeto misional con la docencia, investigación y proyección social) y no permite visibilizar la verdadera esencia de nuestra institución construida a lo largo de 187 años.

 

No estamos de acuerdo con la resolución ya que no ha tenido en cuenta la Ley 30 de Educación Superior (Artículo 71), va en sentido contrario del Código Sustantivo del Trabajo, pretende estar por encima del Acuerdo 024 de 1993.

 

Por estos argumentos básicos de Ley, solicitamos la derogatoria de la Resolución 802 de la Vicerrectoría Académica de la Universidad del Cauca y exigimos que la administración del Rector Juan Diego Castrillón Orrego realice un diálogo asertivo con la comunidad académica.

 

Con el propósito de aportar y contribuir propositivamente en la dinámica que se desarrolla en el Alma Mater, solicitamos se analicen las particularidades de los procesos que se adelantan en cada facultad y en cada programa, escuchando de forma directa sus apuestas, sus problemáticas y sus necesidades.

 

JUNTA DIRECTIVA ASPU

SECCIONAL UNIVERSIDAD DEL CAUCA

Última actualización el Martes, 11 de Noviembre de 2014 11:41