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Pues bien, hoy que nos prohíben la vida, en resistencia y lucha decidimos “PROHIBIDO OLVIDAR”.
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Ultima actualización (14 // 10 // 08)
Caracterásticas

El Proyecto de Investigación Formulación en la Creación del Grupo de Investigación Diseño Político Gráfico de la Facultad de Artes y de la Facultad de Ciencia Política y sociales de la Universidad del Cauca, con la consigna “Expresión + Poder”, con el Sub-dominio DIPO en el portal Web de la Universidad del Cauca http://www.unicauca.edu.co/dipo se desarrollo teniendo en cuenta y colocando en ejercicio la Constitución Política de Colombia de 1991, TITULO I - De los Principios Fundamnetales, TITULO II - (Capitulo I. de los Derechos Fundamentales y Capitulo II de los Derechos, Sociales y Economicos y Culturales).

# Cargo Nombre Datos de la Carrera Universitaria
(1) Fundador y Director Camilo Ernesto Trochez Segura
ctrochezd@unicauca.edu.co
Página web (Hoja de vida).
  • Estudiante de: X Semestre
  • Programa: Diseño Gráfico
  • Facultad: Artes
  • Universidad: Universidad del Cauca.
# Cargo Nombre Datos de la Carrera Universitaria
(2) Integrante Wylberth Suleyman Muñoz Reyes
juanleucipo@gmail.com
Página web (Hoja de vida).
  • Estudiante de: VII Semestre
  • Programa: Derecho
  • Facultad: Derecho Ciencias Políticas y Sociales
  • Universidad: Universidad del Cauca.
(3) Integrante Juan Carlos Cuervo Fernández
alaxdesuecol@hotmail.com
Página web (Hoja de vida).
  • Estudiante de: XI Semestre
  • Programa: Contaduria
  • Facultad: Ciencias Contables, Económicas y Administrativas
  • Universidad: Universidad del Cauca.

Características del Grupo de Investigación
1 Nombre: Diseño Político Gráfico.
2 Abreviatura: DIPO.
3 Slogan: “Expresién + Poder”
4 Naturaleza: Facultad de Artes.
5 Institución: Universidad Del Cauca.
6 Ciudad: Popayán.
7 Departamento: Cauca.
8 País: Colombia.
9 Líder: Camilo Ernesto Trochez Segura.
10 Género del director: Masculino.
11 Página web del director: http://www.unicauca.edu.co/dipo/hoja/camilo/identidad.htm
11 Página web del Grupo: http://www.unicauca.edu.co/dipo
12 E-mail: dipo@unicauca.edu.co
13 Fecha de creación: 17 de Enero de 2006.
14 Áreas de conocimiento en experimentación: 1. Conflicto universitario.
2. Anarquismo estudiantil.
3. Periodismo universitario.
4. Expresión política estudiantil.
6. Medios de comunicación e información de resistencia estudiantil.
5. Marketing (político y de guerrilla).
15 Líneas de investigación: Dos (2) Diseño Gráfico y Ciencia Política.
16 Número de integrantes: Tres (3).
Información general donde actualmente se desarrolla el Grupo de investigación.
17 Ciudad, Departamento y País: Popayán - Cauca - Colombia.
18 Dirección: Barrió Caldas, Cra. 2 No. 1ª25, Vicerrectoría de Investigaciones de la Universidad del Cauca.
19 Oficina: 210, LATIN (Laboratorio de Tecnologías de la Información).
20 Teléfono: 8209800 Ext. 2634 y 2628.
Derechos de Autor
  • El Proyecto de Investigacián Diseño Político Gráfico, con el slogan “Expresién + Poder” es una idea original de: © Camilo Ernesto Trochez Segura.
  • Esta obra es propiedad intelectual del autor, No esta permitida la reproducción total o parcial de este proyecto, ni la transmisión de ninguna forma o por cualquier medio, ya sea electrónico, mecánico, por fotocopia, por registro u otros métodos, sin el permiso previo y por escrito del Director del Grupo de Investigación Diseño Político Gráfico de la Facultad de Artes de la Universidad del Cauca.
  • Protegida legalmente como marca registrada, nombre comercial y símbolo registrado.

Artículos Constitucionales y Sentencia en que se baso el Grupo para su formulación:
  • Art. 1: Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalecía del interés general.
  • Art. 3: La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los términos que la constitución establezca.
  • Art. 18: Se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias ni compelido a relevarlas ni obligado a actuar contra su conciencia.
  • Art. 20: Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial y la de tomar medios masivos de comunicación. Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la ratificación en condiciones de equidad, no habrá censura.
  • Art. 38: Se garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad.
  • Art. 73: La actividad periodística gozará de protección para garantizar su libertad e independencia profesional.
  • Art. 74: Todas las personas tienen derecho a acceder a documentos públicos, solo los casos que establezca la ley, el secreto profesional es inviolable.
  • Art. 61: El Estado protegerá la propiedad intelectual por el tiempo y mediante las formalidades que establezca la ley.
  • Art. 27: El Estado garantizara las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra.
  • Art. 67: La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social: Con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, y a los demás vienes y valores de la cultura…
    …La educación será gratuita en las instituciones del estado, sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos…
  • Art. 69:Se garantiza la autonomía universitaria. Las universidades podrán darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos, de acuerdo con la ley. La ley establecerá un régimen especial para las universidades del Estado. El Estado fortalecerá la investigación científica en las universidades oficiales y privadas y ofrecerá las condiciones especiales para su desarrollo.
    El estado facilitará mecanismos financieros que hagan posible el acceso de todas las personas aptas a la educación Superior.
  • Art. 70: El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica y artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional.
    La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todos las que conviven en nuestro país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la nación.
  • Sentencia C-220/97. Importante para comprender la Autonomía Universitaria.

  • libro En referencia a los Arts: 7, 8, 10, 11, 12, 13, 15, 16, 17, 19, 21, 24, 25, 22, 28, 29, 30, 33, 34, 36, 40, 41, 43, 45, 56, 71 de la Constitución Política de 1991.

Completa la información
Pensamiento del Grupo de Investigación Diseño Político Gráfico
Logo símbolo del Grupo de Investigación Diseño Político Gráfico
  1. Nivel

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