Marco Normativo

 

• Ley 720 de 2001. Artículo 1. El objeto de la Ley del Voluntariado es: a) Promover, reconocer y facilitar la acción voluntaria como expresión de la participación ciudadana, el ejercicio de la solidaridad, la corresponsabilidad social. b) Reglamentar la acción de los voluntarios en las entidades públicas o privadas y regulares sus relaciones. Este artículo cristaliza las aspiraciones de los grupos y entidades de voluntariado, que durante tantos años de trabajo, han buscado el reconocimiento del Estado y del Gobierno, como una fuerza viva y positiva que contribuye a la búsqueda de un país capaz de ofrecer igualdad de oportunidades a todos los ciudadanos.

 

• El acuerdo 018 del 2 de agosto de 2012 del Consejo Académico dice: La educación misionalmente se concibe en la Universidad del Cauca desde la formación integral y en su Visión se destaca la idea de apostarle institucionalmente a la formación de un ser humano integral, ético y solidario.

 

• Respaldado por el principio constitucional de la autonomía universitaria artículo 69. La autonomía implica que las universidades tienen la potestad constitucional de "darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos.

 

• Y en las funciones legales y estatutarias en el artículo  31 del acuerdo 105 de 1993 y el Acuerdo 036 de 2011 que adopta el estatuto Académico de la Universidad del Cauca.

 

 

 

 

 

Informes:

 

Calle 3 No. 5-14, Casa Mosquera

Popayán, Colombia

Teléfono: (057) 8 209800 ext. 1131-1133  Fax: 8209916

email: voluntariadossu@unicauca.edu.co

 

Nuestros sitios:

Sitios de interés: