• Pregrado


POLITICA DE GRATUIDAD
PROGRAMAS DE PREGRADO

 
La Universidad del Cauca informa que mediante Decreto 1667 de 2021 el Ministerio de Educación Nacional reglamenta la política de gratuidad en los programas de Pregrado y por medio del Reglamento Operativo para la vigencia 2022, da a conocer los requisitos y condiciones para acceder al beneficio.

 

Ver Política de Gratuidad 2023

 
Requisitos:
 

·         Ser colombiano
 
·         Estar matriculado en un programa académico de pregrado (técnico profesional, tecnológico o universitario).
 
·         Encontrarse registrado por la Institución de Educación Superior pública en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior – SNIES
 
·         Evidenciar que la vivienda del núcleo familiar del estudiante a los grupos poblacionales del Sisben IV establecidos por el MEN.  
 
·         No tener título profesional universitario ni de postgrado de cualquier institución de educación superior.
 
·         Para estudiantes nuevos: encontrarse en el grupo de edad entre 14 y 28 años.

 
Los estudiantes que tramiten su reingreso o reinicio del correspondiente programa académico, en Instituciones de Educación Superior públicas en las condiciones que para tal efecto tenga fijadas la institución, podrán ser beneficiarios de la Política siempre y cuando se encuentren en el rango de edad de 14 a 28 años cumplidos y en las condiciones de vulnerabilidad.

 

Obligaciones:
 

  • Estudiante:

 

  • Realizar la matricula académica dentro de las fechas establecidas por la Universidad, para cada periodo académico.
     

  • Aportar información veraz y soportes respecto a los requisitos de la Política.
     

  • Conocer y cumplir con los estatutos y la normatividad vigente de la Institución de Educación Superior – IES.
     

  • Informar de manera oportuna a la IES, si tiene matricula vigente en otra Institución Pública.
     

  • Lenguaje claro y respetuoso para las claridades que requiera ante la IES.
     

  • Presentar el certificado electoral de la última votación realizada con anterioridad al inicio del respectivo período académico.
     

  • Informar cual programa desea recibir el beneficio en caso de cursar dos o más programas de Pregrado en la misma o diferente IES.
     

  • Asumir costos de los derechos pecuniarios (inscripción, derecho de grado, habilitaciones etc), que establezca la IES.
     

  • Asumir el pago de matrícula no cubierto por la política.
     

  • Permanecer atentos sobre información que otorgue la IES y el Ministerio de Educación Nacional.
     

  • Mantener la calidad de estudiante.
     

  • Asistir a los espacios de acompañamiento integral y nivelación que realice la IES.

 

  • Universidad del Cauca (Institución de Educación Superior):

 

  • Generar información completa, oportuna, precisa y pertinente para entregar ante el Ministerio de Educación Nacional.
     

  • Velar que los beneficiarios hagan parte del proceso de formación.
     

  • Solicitar a los potenciales beneficiarios suministro de información conforme a las posibilidades, recursos y procedimientos.
     

  • Divulgar los documentos de Ministerio de Educación Nacional.
     

  • Cuando no sea posible asumir el pago de la totalidad de estudiantes en condición de vulnerabilidad, priorizar conforme a la directriz del Ministerio de Educación Nacional.
     

  • Reliquidar el valor de la matrícula al momento que el Ministerio de Educación Nacional reporte la exclusión de un beneficiario.

 
Pérdida del beneficio:

 

  • El estudiante se abstiene de reportar que no cumple con alguno de los requisitos.
     

  • Por decisión voluntaria del estudiante, comunicada a la IES.
     

  • El estudiante accede a la política de gratuidad con información o documentación falsa o no veraz. Ello sin perjuicio de responsabilidad disciplinaria, fiscal, penal u otras a que haya lugar.
     

  • Pierde la condición de estudiante por motivos académicos, disciplinarios u otros. En caso de iniciar un nuevo programa no puede acceder a la política de gratuidad.
     

  • Supera el número de renovaciones de matrícula correspondiente al número de periodos que dura el programa académico.
     

  • Cancelar o suspender la matricula por más de dos periodos académicos.

 
Para tener en cuenta:

  • Para recibir el beneficio en cada periodo académico, el estudiante debe estar matriculado dentro de las fechas establecidas por la Universidad. Los estudiantes que tengan pendiente trabajo de grado, prueba de suficiencia en idioma extranjero u otro requisito de grado, es igualmente necesario que realicen la matrícula académica, dado que deben quedar incluidos en el reporte que la Universidad debe entregar al Ministerio de Educación Nacional.
     

  • Los estudiantes que realicen matricula académica por fuera de las fechas establecidas por la Universidad y no queden incluidos en el reporte enviado al Ministerio de Educación Nacional, deberán asumir el costo total de la matricula financiera para el respectivo periodo académico.
     

  • Podrá obtener el beneficio solamente en un (1) programa de pregrado del mismo nivel académico (técnico profesional, tecnólogo o profesional universitario). La política de gratuidad no financia programas del nivel inferior o del mismo nivel si ya ha sido beneficiario.
     

  • Cada cambio de programa acumula los periodos ya financiados por la política de gratuidad.
     

  • No se incluye beneficio de gratuidad en los periodos intersemestrales.
     

  • Si está cursando dos o más programas de pregrado de manera simultánea en otra Institución, será beneficiario en uno sólo.
     

  • El Estudiante que cumplan el requisito del 60% para cursar dos programas de pregrado al mismo tiempo (Articulo 11 Acuerdo 002 de 1988 o reglamento estudiantil), la política de gratuidad le será aplicada únicamente en el programa que se benefició en el último periodo académico.
     

  • La condición de estudiante se obtiene con la realización de la matrícula académica, el pago del seguro estudiantil y estar al día por todo concepto que no se encuentre contemplado en los derechos básicos de matrícula y complementarios (Acuerdo Superior 009 de 2022).

 
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