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Acuerdos

Octubre 20 / 2016

Acuerdo Académico 016 de 2016 (proceso de admisión a los programas que oferta la Facultad de Artes)

Emitido por: Consejo Académico
Dirigido a: Comunidad universitaria

Por el cual se modifica el Acuerdo Académico 019 de 2014 que determina los lineamientos para el proceso de admisión a los programas que oferta la Facultad de Artes.

El Consejo Académico de la Universidad del Cauca, de conformidad con el Acuerdo 048 del 16 de diciembre de 2010 por el cual se modifica el Acuerdo 105 del 18 de diciembre de 1993, Artículo 31, y en sesión del día miércoles 19 de octubre de 2016.


Considerando


El Acuerdo Académico 019 de 2014, no establece que el proceso de admisión para los programas que ofrece la Facultad de Artes, se realiza mediante una Prueba Interna, que consta de dos etapas: una Prueba General de Conocimientos y una Prueba de Aptitud Artística

Que el Acuerdo Académico 019 de 2014, establece que para evitar gastos adicionales, a los aspirantes inscritos a los programas que ofrece la Facultad de Artes, que vienen de contextos geográficos distintos a Popayán y/o el Cauca, es pertinente complementar dicha intención, con la aplicación de la Prueba de Aptitud Artística, a todos los inscritos en estos programas; uno o más días antes o uno o más días después de la Prueba General de Conocimiento, según el requerimiento logístico de cada periodo académico.

Teniendo en cuenta que a la expedición del Acuerdo Académico 019 de 2014, se estaban ofertando solamente los programas de Artes Plásticas, Diseño Gráfico y Música Instrumental, el proyecto quedó enfocado con la necesidad del momento, lo que dejó sin lineamientos para la evaluación y ponderación de la Prueba de Aptitud Artística a los programas Licenciatura en Música y Dirección de Banda.

El Acuerdo Académico 019 de 2014, no establece las condiciones y puntajes mínimos para la Prueba de Aptitud Artística, diferenciados por pruebas y programas, para que a los aspirantes inscritos a los programas de la Facultad de Artes, les sean sumados a la Prueba General de Conocimiento y así establecer si pueden ser considerados como “Elegibles”.

El Acuerdo Académico 019 de 2014, no establece porcentajes diferenciados para cada una de las pruebas correspondiente a los programas que ofrece la Facultad de Artes, generando un vacío al ponderar el puntaje parcial y final, para los aspirantes inscritos.

En mérito de lo anterior,


Acuerda


Artículo 1º: La División de Admisiones Registro y Control Académico, Darca, debe entregar a la Facultad de Artes, la lista de la totalidad de aspirantes inscritos a los programas que en cada periodo oferte esta unidad académica, una semana antes de la presentación de la prueba de aptitud.

Parágrafo: Las pruebas de aptitud artística de los Programas de la Facultad de Artes, se programarán uno o más días antes, o uno o más días después de la fecha programada por la Universidad del Cauca (Darca) para la prueba general de conocimientos, según la necesidad logística, derivada del número de aspirantes inscritos.

Artículo 2°: La Prueba Interna que se aplica a los aspirantes inscritos a los programas que ofrece la Facultad de Artes, consta de dos etapas a saber:

Prueba General de Conocimiento: Corresponde a la prueba que presentan todos los aspirantes, a los diferentes programas que ofrece la Universidad del Cauca.

Prueba de Aptitud Artística: Corresponde a la prueba específica que presentan todos los aspirantes inscritos a los programas de la Facultad de Artes, antes o después de la Prueba General de Admisión, dependiendo de las necesidades logísticas de cada periodo académico, en una fecha distinta a la Prueba General de Conocimientos, según el cronograma estipulado por el Consejo Académico de la Universidad del Cauca.

Artículo 3°. Son considerados como “Elegibles”, los aspirantes inscritos al proceso de admisión, a los programas que ofrece la Facultad de Artes y que:

a. Realicen todo el proceso de admisión y las pruebas establecidas para la Facultad de Artes, de conformidad con el contenido del Artículo precedente.
b. Obtengan mínimo 25 puntos sobre 100 en la Prueba General de Conocimiento y mínimo 50 puntos o más en la Prueba de Aptitud Artística para el programa Artes plásticas.
c. Obtengan mínimo 25 puntos sobre 100 en la Prueba General de Conocimiento y mínimo 70 puntos o más en la Prueba de Aptitud Artística para Dirección de Banda, Licenciatura en Música y Música Instrumental.
d. Obtengan mínimo 35 puntos sobre 100 en la Prueba General de Conocimiento y mínimo 50 puntos o más en la Prueba de Aptitud Artística para el programa Diseño Gráfico.

Artículo 4°. Los porcentajes para las dos etapas del proceso de admisión de los programas de la Facultad de Artes, se establecen de la siguiente manera:

Prueba General de Conocimientos

a. 40% para los programas Artes Plásticas, Dirección de Banda, Licenciatura en Música y Música Instrumental.
b. 50% para el programa Diseño Gráfico.

Prueba de Aptitud Artística

a. 60% para los programas Artes Plásticas, Dirección de Banda, Licenciatura en Música y Música Instrumental.
b. 50% para el programa Diseño Gráfico.

Artículo 5º: El día de la prueba debe haber presencia de la Registraduría Nacional del Estado Civil para tomar las huellas dactilares y confrontar la información enviada por la División de Admisiones Registro y Control Académico, Darca.

Parágrafo: Este proceso debe hacerse en todas las jornadas programadas.

Artículo 6°: Los responsables de cuidar las pruebas de aptitud artística son los docentes de la Facultad de Artes, con el apoyo de todo el personal administrativo y de servicios, según delegación del Consejo de Facultad.

Artículo 7º: El material relacionado con la Prueba de Aptitud Artística, sólo podrá ser conocido por el equipo de evaluadores, éste será confidencial.

Artículo 8º: Los Coordinadores de Programa deberán entregar oportunamente a la Decanatura de la Facultad de Artes el Plan de Acción de la prueba a desarrollar.

Artículo 9º: Los resultados de las Pruebas de Aptitud Artística deben ser entregados por los Coordinadores de Programa con todos los soportes respectivos a la decanatura de la Facultad de Artes a más tardar dos (2) días después de finalizadas las Pruebas, con copia electrónica a La División de Admisiones Registro y Control Académico Darca.

Artículo 10º: Los días de presentación de las pruebas de aptitud se suspenderán todas las actividades académicas.

Artículo 11º: La Vicerrectoría Administrativa debe brindar el apoyo logístico para el desarrollo de las pruebas de aptitud.

Artículo 12º: este acuerdo rige a partir de la aprobación y deroga las normas que le sean contrarias, en especial el Acuerdo Académico 019 de 2014.

Artículo 13º: Enviar copia del presente acuerdo a la Vicerrectoría Académica, Facultades, Divisiones de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, de Gestión Financiera, Admisiones Registro y Control Académico y a las Oficinas de Planeación y Desarrollo Institucional y Prensa.

Se expide en Popayán, a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil dieciséis 2016.


Publíquese, comuníquese y cúmplase



(Original firmado)
JUAN DIEGO CASTRILLÓN ORREGO
Presidente
 

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