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Resoluciones
Noviembre 23 / 2015
Resolución Académica 108 de 2015 (No apertura de programa en Santander de Quilichao)
Emitido por: Consejo Académico
Dirigido a: Comunidad universitaria
Por el cual se toma una medida administrativa
El Consejo Académico de la Universidad del Cauca, en uso de las funciones legales y las estatutarias conferidas por el Acuerdo Nº 0105 del 18 de diciembre de 1993.
Considerando
En sesión ordinaria del día 23 de noviembre de 2015, el Ingeniero José Manuel Tobar Mesa en su calidad de Director del Centro de Regionalización presentó la comunicación contenida en el oficio 4.1-92.8/862 de 2015, mediante el cual expresa con base en la información suministrada por SIMCA, el comportamiento de la inscripción de los aspirantes a diferentes Programas de Pregrado que ofrece la Universidad del Cauca, para el I período académico de 2016, en la modalidad regionalización así:
Programa
1ra Opción
2da Opción
Total
inscritos
Cupos
Diferencia
Derecho Nocturno -
Cohorte Especial Sede Popayán
336
2
338
90
248
Derecho Nocturno -
Sede Santander de Quilichao
115
4
119
50
69
Derecho Regionalización -
Sede Santander de Quilichao
88
7
95
50
45
Ingeniería Agroindustrial Diurno -
Santander de Quilichao
45
12
57
40
17
Ingeniería Civil Diurno -
Sede Santander de Quilichao
146
9
155
55
100
Lic. en Lenguas Modernas, Inglés y Francés Diurno -
Sede Santander de Quilichao
105
7
112
40
72
Tecnología en Gestión Ambiental -
Santander de Quilichao
15
11
26
40
-14
Lo anterior, permite evidenciar que no es posible realizar proceso de selección que conlleve a la admisión del programa Tecnología en Gestión Ambiental - Santander de Quilichao, dado que el número de inscritos no logra completar el total del cupo ofertado. En consecuencia no es posible ofrecer el programa para el I período académico de 2016.
Por lo anterior,
Resuelve
Artículo primero: No abrir durante el I período académico de 2016, el programa de Tecnología en Gestión Ambiental - Santander de Quilichao.
Artículo segundo: Realizar la devolución del dinero correspondiente a la inscripción, para lo cual el aspirante deberá diligenciar la Solicitud de Reintegro o Cruce de Cuentas (Formato MA-GA-5.2-FOR-4) y entregarla ante la Vicerrectoría Administrativa hasta el 12 de Diciembre de 2015
Artículo tercero: Enviar copia de la presente providencia a la Vicerrectoría Académica, la División de Admisiones, Registro y Control Académico, el Centro de Regionalización y la Oficina de Prensa, División Financiera, División de Tecnologías y de las Comunicaciones, Web.
Publíquese, comuníquese y cúmplase
Dada en Popayán, los veintitrés (23) días del mes de noviembre de 2015.
(Original firmada) JUAN DIEGO CASTRILLON ORREGO
Presidente
Nota: contenido publicado en www.unicauca.edu.co el 27 de noviembre de 2015.