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Universidad - Miércoles, Febrero 19, 2020

Consejo Académico de Unicauca reglamenta amnistía para continuar estudios de posgrado

A través del Acuerdo Académico 008 de 2020, se reglamenta una medida transitoria para otorgar el derecho a continuar estudios y optar al título en los programas de posgrado de la Universidad del Cauca.




Foto: Archivo


El Consejo Académico de la Universidad del Cauca en la sesión del 29 de enero de 2020 reglamentó el proceso de convocatoria, selección, requisitos y plazos para la aplicación del Acuerdo Superior N° 090 de 2019, el cual establece una medida transitoria para otorgar el derecho a continuar estudios y optar al título en los programas de posgrados con excepción de las Especialidades Médico-Quirúrgicas y los programas de posgrado ofrecidos en convenio con otras Instituciones de Educación Superior.
 
De esta manera, el Acuerdo Académico 008 de 2020 plantea que los aspirantes podrán postularse por una única vez para obtener el beneficio de la medida transitoria dentro de las fechas establecidas en el calendario para el trámite de reingreso por amnistía que expida el Consejo Académico.

Podrán acogerse a esta medida transitoria el aspirante que:
 

Solicite reingreso para un programa de posgrado con registro vigente ante el Ministerio de Educación Nacional.
 
Se encuentre en una de las situaciones descritas en los Artículos Primero y Segundo del Acuerdo Superior Número 090 de 2019.
 
No tenga sanciones disciplinarias vigentes.
 
No haya sido expulsado de la Universidad.
 
Se encuentre a paz y salvo por todo concepto con la Universidad.
 
No se haya beneficiado previamente de otra amnistía académica en el mismo programa de posgrado.

 
Corresponde a los Comités de Programa de Posgrado de cada Facultad, según el programa al que se solicite reingresar, evaluar las solicitudes y verificar el cumplimiento de cada uno de los requisitos establecidos en el Acuerdo Superior Número 090 de 2019 y en el presente Acuerdo Académico. La decisión del Comité de Programa de Posgrado deberá hacerse a través de documento escrito que deberá remitirse, adjunto a la solicitud del aspirante, al Consejo de Facultad para su aprobación y la emisión del acto administrativo.

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