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Acuerdos

Septiembre 28 / 2016

Acuerdo Superior 047 de 2016 (participación de la Universidad del Cauca en organizaciones públicas, privadas o mixtas)

Emitido por: Consejo Superior
Dirigido a: Comunidad universitaria

Por el cual se ordenan medidas administrativas referentes a la participación de la Universidad del Cauca en organizaciones de naturaleza pública, privada o mixta.

El Consejo Superior de la Universidad del Cauca, en uso de sus atribuciones estatutarias y


Considerando


La Universidad del Cauca, en el marco de su misión institucional, ha estado permanentemente comprometida a través de alianzas estratégicas que impulsan iniciativas de emprendimiento para el desarrollo local y regional.

Las experiencias de participación de la Universidad del Cauca en instituciones gremiales, organizativas, corporativas y asociaciones en general, nos obligan a revisar los mecanismos, condiciones y responsabilidades, frente a los riesgos de gestión administrativa, financiera y legales que se asumen, los cuales eventualmente podrían afectar de manera negativa el buen nombre y el patrimonio económico de la Institución.

Se hace necesario establecer criterios y procedimientos relativos a las condiciones de participación de la Universidad en las diferentes organizaciones públicas, mixtas y privadas para casos excepcionales.

Que es competencia del Consejo Superior la adopción de políticas y regulaciones sobre la materia, por lo cual


Acuerda


Artículo primero: La Universidad del Cauca se abstendrá de conformar o hacer parte integrante de personas jurídicas públicas, privadas o mixtas, de cualquier naturaleza, cuando el objeto de la organización no se encuentre en relación directa con los objetivos misionales universitarios.

Artículo segundo: Excepcionalmente la Universidad del Cauca podrá conformar o hacer parte integrante de personas jurídicas públicas, privadas o mixtas, bajo los siguientes criterios:

1. Ningún docente ni administrativo podrá obtener estímulos o beneficios en dinero por su designación como delegados, consultores, coordinadores, asesores o en cualquier carácter, ni participar de manera directa o indirecta como beneficiarios de los proyectos que desarrollen dichas organizaciones.

2. El objetivo de la organización debe encontrarse relacionada directamente con la misión institucional.

3. La solicitud de participación de la Universidad del Cauca en dichas organizaciones se elevará ante el Consejo Superior, la cual deberá contar previamente con un estudio de viabilidad, conveniencia y oportunidad, emitido por la dependencia de donde se promueva la gestión y deberá ser avalado por la Oficina de Planeación, la Vicerrectoría Académica y la Vicerrectoría Administrativa, en el cual se concreten los beneficios y retribuciones a favor de la institución.

4. Los aportes en dinero que asuma la Universidad deberán contar con la respectiva disponibilidad presupuestal. Cuando se trate de aportes en especie, deberán encontrarse certificados por la Vicerrectoría Administrativa. Dichos documentos deberán anexarse a la solicitud de participación que se haga al Consejo Superior.

5. La Oficina Jurídica recepcionará la solicitud, certificará el cumplimiento de los requisitos y de los lineamientos establecidos en el presente acuerdo y remitirá por escrito la propuesta con todos los documentos soportes al Consejo Académico, para su conocimiento y pronunciamiento sobre la conveniencia de ser parte de la organización. El Consejo Académico remitirá la propuesta y su pronunciamiento al Consejo Superior.

6. El Consejo Superior impartirá formal aprobación para la participación de la Universidad del Cauca en la integración de personas jurídicas públicas, privadas o mixtas, requisito previo indispensable que se debe surtir antes de la firma de actas de constitución, convenios, aprobación de estatutos y cualquier otro acto requerido para el surgimiento a la vida jurídica o a la vinculación de una organización ya constituida.

Artículo cuarto: Transición. La Oficina Jurídica elaborará un estado del arte de las actuales participaciones que tiene la Universidad del Cauca en organizaciones de naturaleza pública, privada o mixta y lo presentará al Consejo Superior, para que decida sobre el retiro o continuación en las mismas.

Artículo quinto: Facúltese al Rector de la Universidad del Cauca, para establecer los procedimientos necesarios para garantizar el cabal cumplimiento de la presente disposición.

Artículo sexto: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.


Publíquese y cúmplase


Se expide en Popayán, a los veintiocho (28) días del mes de septiembre de 2016.


(Original firmado)
HUGO EDUARDO MUÑOZ MUÑOZ
Presidente

(Original firmado)
LAURA ISMENIA CASTELLANOS VIVAS
Secretaria General


Nota: contenido publicado en www.unicauca.edu.co el 8 de noviembre de 2016.
 

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