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Rectoría

Funciones del Rector

Según Acuerdo Superior 025 de 2020, que modifica el Acuerdo Superior 105 de 1993 por el cual se expide el Estatuto General de la Universidad del Cauca, las funciones del Rector son:

1. Cumplir y hacer cumplir las normas legales, estatutarias y reglamentarias de la Universidad del Cauca y las decisiones y actos de los Consejos Superior y Académico.
 
2. Evaluar y controlar el funcionamiento general de la Universidad y presentar al Consejo Superior un informe evaluativo integral anual de gestión.
 
3. Liderar el proceso de planeación de la Universidad del Cauca procurando el desarrollo armónico de la Universidad, en su conjunto.
 
4. Suscribir los contratos y expedir los actos que sean necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la Universidad, ciñéndose a las disposiciones legales.
 
5. Someter el proyecto de presupuesto a la consideración del Consejo Superior y ejecutarlo una vez expedido.
 
6. Nombrar y remover al personal administrativo de la Institución con arreglo a las disposiciones legales.
 
7. Designar, en propiedad o en encargo, y remover a los Decanos de Facultad.
 
8. Designar y remover a los Jefes de Departamento de ternas presentadas por los departamentos, al Decano de Facultad. 
 
9. Expedir el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de acuerdo con la misión de los cargos.
 
10. Presentar al Consejo Superior los proyectos de reglamentos académico, de personal docente, administrativo y estudiantil o sus modificaciones y los demás que por las dinámicas universitarias se requieran.
 
11. Autorizar las comisiones académicas al exterior no conducentes a título y no superiores a un año.
 
12. Expedir las Resoluciones de grado y refrendar con su firma las actas generales de grado y los diplomas que confiera la Universidad.
 
13. Convocar a elecciones de nivel central a los Representantes de los Profesores, Estudiantes, Administrativos, Trabajadores Oficiales, Exrectores, Sector Productivo, Directivas Académicas y Egresados a los organismos universitarios donde éstos tengan representación, de acuerdo con las normas legales y reglamentarias.  Las demás son competencia del Decano de Facultad.
 
14. Fijar los derechos pecuniarios, con excepción del valor de matrícula de los programas de pregrado y posgrado.
 
15. Crear, a propuesta del Consejo Académico, Comités Asesores de la Institución o de las Facultades, Escuelas o Centros.
 
16. Aceptar las renuncias ordinarias o irrevocables presentadas por los docentes y administrativos universitarios.
 
17. Nombrar y remover al personal docente de planta, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente.
 
18. Autorizar la vinculación de docentes ocasionales o de cátedra que se requieran para atender las necesidades proyectadas por las diferentes Unidades Académicas, previo Certificado de Disponibilidad Presupuestal, con el fin de satisfacer el servicio de la Educación Superior, y aquellos que se deban reemplazar en el caso de renuncia de docentes, vacancias temporales que por diversas circunstancias se presenten por disfrute de licencias no remuneradas, licencias médicas o suspensión en el ejercicio de cargos, así como modificar la vinculación, según las novedades docentes que soliciten las unidades académicas.
 
19. Autorizar la concesión de las comisiones de estudio, previo aval del Consejo Académico.
 
20. Aceptar las donaciones en especie tales como libros, equipos, insumos y demás elementos que apoyen los aspectos misionales de la institución, previa certificación de los requisitos indicados en el Estatuto General.
 
21. Aprobar anualmente los estados financieros de la Institución acorde con la normatividad vigente.
 
22. Adicionar las vigencias expiradas hasta la suma de cien (100) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
 
23. Constituir las vigencias futuras hasta por la suma de cien (100) salarios mínimos mensuales legales vigentes, previa viabilidad de la Jefe de la Oficina Jurídica.
 
24.Autorizar las adiciones y traslados que se requieran en el curso de la vigencia fiscal de acuerdo con las normas orgánicas del presupuesto, en un monto inferior a los 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
 
25. Presentar al Consejo Superior la solicitud de concesión de comisiones al exterior para empleados administrativos y docentes en ejercicio de cargos administrativos.
 
26. Autorizar la concesión del disfrute de periodo sabático, previo aval del Consejo Académico.
 
27. Conocer y decidir sobre las apelaciones que se interpongan contra providencias que impongan sanciones disciplinarias de acuerdo con su competencia, e imponer las sanciones disciplinarias que le correspondan por Ley o Reglamento.
 
28. Las demás que le señalen las disposiciones legales vigentes y las que no estén expresamente atribuidas a otra autoridad.


 

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